La Sala de Seguimiento Especial sobre el estado de cosas inconstitucional, declarado por la vulneración de los derechos fundamentales de la niñez wayuu, da seguimiento a una realidad evidenciada en 2017, año en que se profirió la sentencia, cuando la mortalidad infantil por desnutrición y sus causas asociadas reflejaban la gravedad de la situación.Para hacer frente a esta situación, la Corte emitió una serie de órdenes basadas en ocho objetivos. Uno de ellos tiene que ver con “mejorar la efectividad de los programas para garantizar la seguridad alimentaria”.Niñez wayu. Foto:Cortesía Tawala Wayuu Fest 2022En el más reciente auto de la Sala de Seguimiento, el alto tribunal advirtió un nivel de cumplimiento bajo en este indicador. Esta calificación responde a que, si bien el Estado ha emprendido acciones para enfrentar la vulneración del derecho fundamental, dichas acciones no logran suplir el mandato judicial contenido en la orden.”La Sala valoró el objetivo constitucional mínimo segundo, que exige ‘mejorar la efectividad de los programas de atención alimentaria y aumentar la cobertura de los de seguridad alimentaria’, en el grado de cumplimiento bajo. Lo anterior, al encontrar que, si bien se reportaron acciones dirigidas a garantizar el derecho a la alimentación de las familias wayuu, estas no responden a las obligaciones y exigencias ordenadas por la Corte en la Sentencia T-302 de 2017″, se lee en el Auto 1179 de 2025, con ponencia del magistrado José Fernando Reyes.Las fallas observadas por el alto tribunal se refieren al diseño de política pública, inconsistencias en la información presupuestal, bajo desempeño en la implementación de las acciones, y deficiencias en el reporte de información e indicadores de seguimiento. Estas falencias, en conjunto, “permitieron concluir que no se ha alcanzado una mejora significativa en la efectividad de los programas”.Audiencia de seguimiento en la Corte Constitucional al ‘Estado de Cosas Inconstitucional’. Foto:Sergio Acero, EL TIEMPORespecto a la seguridad alimentaria, la Corte concluyó que el Estado no ha garantizado el derecho a una alimentación sostenible y soberana para la niñez wayuu, y que aún persiste un desequilibrio entre los proyectos formulados desde Bogotá, a nivel del Gobierno central, y aquellos que se ejecutan en los municipios.”No existe un plan estructural dirigido a superar el asistencialismo, y la ausencia de la Encuesta Nacional de Situación Nutricional y de un Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional actualizado comprueban que no se ha conseguido un aumento constante en la cobertura de los programas”, señala el auto.Asimismo, el seguimiento expuso la existencia de cuatro bloqueos institucionales: el primero, la ausencia de acciones dirigidas a resolver los problemas estructurales; el segundo, dificultades en la recopilación y el reporte de información; el tercero, la falta de una línea base e indicadores expresados en términos de goce efectivo de derechos; y el cuarto, la falta de transparencia y sostenibilidad de las acciones.”Para remediarlos, se dispuso que el Comité Técnico del Derecho Humano a la Alimentación y Desarrollo de Capacidades Productivas presente un Plan Estructural en materia de alimentación y un informe que explique las inconsistencias detectadas en los programas existentes. Además, la toma de acciones inmediatas en el distrito de Riohacha para remediar la situación de comunidades sin acceso al PAE”, dispuso la Corte.Diego Cadena: juez define fallo en caso contra el abogado. Foto:Con el fin de garantizar un mejor cumplimiento, también solicitó el acompañamiento de los órganos de control en materia de transparencia y ejecución de los recursos públicos.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

Corte Constitucional declaró bajo el nivel de cumplimiento de las órdenes sobre el derecho a la alimentación de la niñez wayuu
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