La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de nueve años de prisión contra el exministro de Estado, exsenador y expresidente de la Federación Nacional de Ganaderos (Fedegán), Jorge Visbal Martelo, por el delito de concierto para delinquir agravado.La decisión ratifica el fallo emitido por el Juzgado 5º Penal del Circuito Especializado de Bogotá, que en primera instancia halló responsable al dirigente gremial de aliarse con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). El Tribunal Superior de Bogotá ya había confirmado esa condena, y ahora la Corte Suprema, en última instancia, dice que Visbal Martelo deberá cumplir la pena impuesta por sus vínculos con la organización paramilitar.Jorge Visbal Foto:JOHN W VIZCAINO/ELTIEMPOLa investigación reveló que, entre 1998 y 2005, cuando Visbal lideraba Fedegán y al mismo tiempo integraba la Comisión Nacional de Paz, sostuvo múltiples encuentros con jefes paramilitares en el departamento de Córdoba, asistiendo a reuniones en las fincas “La 7”, “La 21” y “La 53”, epicentro de la estrategia de expansión de las AUC en la región.Según la sentencia, Visbal mostró afinidad ideológica con el proyecto paramilitar de Carlos Castaño Gil, jefe máximo de las autodefensas, e incluso sugirió la expansión de su presencia armada hacia zonas de fuerte actividad ganadera donde había influencia guerrillera.La Corte estableció que financió a las AUC, entregando cuotas periódicas destinadas a su sostenimiento a cambio de “seguridad” para él y para los intereses de los ganaderos que representaba. Además, integró el llamado “Grupo los Doce”, un equipo cercano a Castaño que, según la investigación, asesoraba directamente al jefe paramilitar en decisiones estratégicas y políticas.Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes. Foto:Jesús Blanquicet“La Sala no pone en duda que el acusado hizo parte del Consejo Nacional de Paz desde 1998 hasta 2004 y que en tal condición intervino en los acercamientos y Diálogos no solo con organizaciones guerrilleras, FARC y ELN, sino también con las AUC, y que en tales actividades contó con la autorización del Gobierno Nacional, en cuyo caso, estas no pueden generarle ninguna responsabilidad penal”, dijo la Sala. Al tiempo que realizaba esas gestiones ajustadas a la ley, se reunió con integrantes de la organización ilegal no en compañía de los demás miembros del Consejo, “sino solo a fincas ubicadas en Tierra Alta Córdoba, en donde era visto compartir con Carlos Castaño Gil, con quien, además, solía ingerir bebidas alcohólicas”.Igualmente señaló que además de la afinidad ideológica mostrada con las autodefensas, acudía a los jefes paramilitares para pedirles que hicieran presencia en aquellos territorios o zonas ganaderas con alto predominio guerrillero. “La Sala no encuentra razones lógicas ni jurídicas por las cuales al establecer la sentencia que el acusado al mismo tiempo que era miembro del Consejo Nacional de Paz lo era de las AUC, ni advierte que, el tribunal transgreda el principio de no contradicción, puesto que en el mundo de los fenómenos en situaciones como las definidas en la condena ese doble rol es y era posible, según lo visto en precedencia. En consecuencia, el reparo no prospera”, se lee en la sentencia.Redacción Justicia

Corte Suprema ratifica la condena contra el expresidente de Fedegán Jorge Visbal por paramilitarismo
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