Daniel Quintero recibió una nueva negativa en su aspiración de participar de las elecciones presidenciales de 2026. Luego de que la Registraduría le rechazó este jueves la inscripción a la contienda a través de firmas, un juez de Bogotá le negó la posibilidad de recolectar apoyos por esa vía.El Juzgado 62 Administrativo de la capital estudió el pedido de Quintero en el que alegaba una supuesta vulneración a sus derechos al no permitírsele la inscripción de firmas. Quintero recordó que el 13 de junio de este año, el Pacto Histórico le solicitó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que reconociera su reconocimiento de personería jurídica como partido político. En septiembre se aceptó la fusión de la Unión Patriótica, Polo Democrático y Partido Comunista con la condición, dijo Quintero, de que la decisión cobraría efectos una vez quedaran en firme los actos administrativos que pusieran fin a cualquier proceso sancionatorio en contra de los movimientos políticos.Mazo de juez. Foto:CEETLos miembros de los partidos no quedaron conformes y radicaron una tutela ante el Tribunal Superior de Bogotá, que como medida cautelar permitió que se inscribieran las precandidaturas del Pacto, lo que dio vía libre a la consulta del pasado 26 de octubre. Sin embargo, al fallar de fondo el Tribunal declaró improcedente la tutela de los integrantes de la colectividad.Según el exalcalde, la Registraduría argumentó que “no se trataba ya de una consulta del Pacto Histórico sino una consulta entre tres partidos, ‘partidos a los cuales el señor Daniel Quintero Calle no se encuentra afiliado, según insistió en repetidas oportunidades, incluso, radicó solicitud de aclaración en el sentido de que su inscripción no fue por dichos partidos y, para evitar inconvenientes renunció a su participación en la consulta”‘.Daniel Quintero interpone tutela contra la Registraduría. Foto:ArchivoEn consecuencia, Quintero se bajó de la consulta del 26 de octubre y buscó en la recolección de firmas la posibilidad de inscribirse como candidato, a lo cual la Registraduría le dijo que antes de avalarle tal solicitud remitiría el caso al CNE. Para el tutelante, ese trámite fue una “dilación injustificada” que vulneraba derechos fundamentales como el de elegir y ser elegido.El CNE manifestó que no era el competente para dirimir el tema, por lo que la Registraduría pasó a preguntarles a la Unión Patriótica, el Partido Comunista y el Polo Democrático si había quedado en firme la inscripción de Daniel Quintero para la consulta de octubre, respuesta que según el juzgado bogotano no se obtuvo al momento de proferir el fallo.Registraduría. Foto:A manera de conclusión, el juzgado determinó que como no se había resuelto por parte de la Registraduría la solicitud de inscribir el comité de firmas -cosa que ya se decidió este jueves-, no procedía la acción de tutela.”Este despacho no evidencias acciones u omisiones que vulneren o amenacen con vulnerar los derechos invocados; concretamente en lo que corresponde a los derechos a elegir y ser elegido, debido proceso administrativo y el acceso a cargos públicos no se estiman conculcados, toda vez que, justamente el registro del comité aún no se encuentra resuelto y no existe una negativa frente a su inscripción, aunado a que aun no ha finalizado la oportunidad establecida por la entidad accionada para proceder con el registro de los comités inscriptores”, concluyó el despacho.Carlos López – Justicia – @CarlosL49 – carben@eltiempo.com

Shares: