La trajinada discusión de la reforma pensional en la Corte Constitucional se reactiva hoy, cuando la Sala Plena defina las recusaciones contra los magistrados Héctor Carvajal, Jorge Enrique Ibáñez –el ponente– y la presentada contra la misma Sala. Una vez se determine quiénes quedan habilitados para votar, se entrará a debatir la ponencia del presidente del alto tribunal, que propone tumbar la norma.Hoy, la reforma pensional no ha entrado plenamente en vigor porque el alto tribunal suspendió casi toda la ley mientras decide de fondo su constitucionalidad. Solo están en firme el parágrafo transitorio del artículo 12, que permite avanzar en la elección de la administradora del componente de ahorro individual, y el artículo 76, sobre la oportunidad de traslado entre regímenes, cuyos traslados ya realizados siguen vigentes. Todo lo demás, incluida la implementación del nuevo pilar contributivo, el fondo de reparto y las reglas de transición, permanece suspendido.Reforma pensional. Foto:ArchivoEl alto tribunal estudia si la reforma fue aprobada en la Cámara con un ‘pupitrazo’, al adoptarse sin debate real la proposición sustitutiva que copiaba el texto del Senado; por ello, devolvió la ley para repetir la votación. En respuesta, la Cámara reabrió la discusión en sesiones extraordinarias y el 28 de junio volvió a aprobar la proposición tras un debate formal, enviando las actas a la Corte para que verifique si la subsanación fue suficiente.EL TIEMPO conoció por fuentes del alto tribunal que la ponencia presentada ante la Sala sobre el incidente de recusación contra el magistrado Héctor Carvajal, exabogado del presidente Gustavo Petro, pediría apartarlo de la deliberación.El magistrado Jorge Enrique Ibáñez solicitó a Colpensiones los contratos celebrados con Carvajal, quien el año pasado asesoró jurídicamente a la entidad sobre la reforma pensional que ahora, como juez constitucional, tendría que avalar o derogar. Esta fue la razón por la cual fue recusado por la autora de la demanda, la senadora Paloma Valencia.“La causal ‘haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada’ prevé como impedimento que un magistrado se haya pronunciado sobre la materia objeto de debate y tiene como finalidad evitar que el funcionario que haya prefijado conceptos en relación con la constitucionalidad de la norma, dentro o fuera del proceso, la resuelva, para que así se garantice su imparcialidad en la decisión”, dijo la congresista.Y detalló: “Héctor Carvajal presentó concepto ante Colpensiones sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024 y formuló una consulta/concepto legal sobre la contestación de la demanda de inconstitucionalidad de la misma norma, tal como se evidencia en el informe de supervisión para la terminación del contrato, suscrito por Jorge Eliécer Morales Acuña, supervisor del contrato y jefe de la Oficina Asesora de Asuntos Legales”.Magistrado Jorge Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional. Foto:Corte ConstitucionalLa Sala también tramitará una recusación contra el ponente, Ibáñez Najar, cuya ponencia está en manos del magistrado Miguel Polo Rosero. Este recurso alegaba un supuesto sesgo político derivado de la ponencia de inexequibilidad de la norma, que fue filtrada. Una tercera recusación es contra la Sala Plena –los nueve magistrados–, cuya ponencia presentará Ibáñez. Según juristas consultados por este diario, estas dos últimas recusaciones no tendrían mayor asidero jurídico.En el primer caso, porque el sentido de la ponencia es objeto de discusión de la Sala, que deberá ponderar los argumentos y votar si la acepta o la rechaza; de no alcanzarse la mayoría requerida, la ponencia pasaría al siguiente magistrado en la lista por orden alfabético: Polo Rosero. En el caso de la recusación contra los nueve magistrados, tampoco estaría llamada a prosperar.Para el presidente de la Corte, el vicio por el cual la norma fue devuelta al Congreso no fue debidamente subsanado en las sesiones del 27 y 28 de junio pasados. Señala una seguidilla de errores en la aplicación de la Ley 5.ª sobre el trámite legislativo, entre ellos la falta de quórum decisorio para aprobar el orden del día y posibles fallas procedimentales en la convocatoria a las extras de la Cámara, en las que se aprobó por segunda vez la iniciativa.El futuro de la reforma pensional en el alto tribunal dependerá de lo que decida la Sala sobre las recusaciones y, en particular, de si acepta la ponencia que pide apartar al magistrado Héctor Carvajal del debate.En caso de aceptarla, la Sala quedaría con un número par: ocho magistrados. Sin embargo, EL TIEMPO conoció por fuentes de la magistratura que, en un primer momento, no se llamaría a un conjuez, ya que los magistrados tendrían mayoría decisoria.Solo si se produjera un empate en la votación de la ponencia se solicitaría la participación de un juez adicional, quien tendría la última palabra sobre la viabilidad de la norma, una de las banderas políticas del presidente Petro.Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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