El juez Jorge Alberto Ortiz decidió mantener la libertad al exdiputado Nicolás Petro, señalado por la Fiscalía de haber cometido irregularidades en la contratación entre la Fundación Consciencia Social (Fucoso) y la Gobernación del Atlántico, en la era de Elsa Noguera. El ente acusador había pedido que lo enviaran a la cárcel, pero no logró sustentar por qué era necesario.”No se encuentra acreditada la necesidad de una medida de aseguramiento bajo ninguno de los fines constitucionales propuestos, siendo improcedente su imposición independiente de su naturaleza”, dijo el juez Ortiz, en una decisión que fue apelada tanto por la Fiscalía como por la defensa.El despacho de Barranquilla ha llevado las audiencias preliminares contra el hijo mayor del presidente Gustavo Petro. La imputación de la fiscal Lucy Laborde en contra del exdiputado se refiere a hechos de al menos 2021, cuando se habrían pactado dos contratos ilegales en los que se habrían quedado 111 millones de pesos entre Nicolás Petro y su expareja Day Vásquez, en negociaciones sospechosas en las que también habrían participado Pedro Name, Gustavo de La Ossa y Raúl Lacouture, exsecretario general de la Gobernación.Los delitos por los que responde Nicolás Petro son interés indebido en la celebración de contratos, falsedad en documento público, tráfico de influencias y peculado por apropiación, de los cuales se declaró inocente.Nicolás Petro. Foto:VANEXA ROMERO. Autor: VANEXA ROMEROLa Procuraduría General, a través de su delegado, esta semana indicó que no debe prosperar el pedido de la Fiscalía de que envíen al exdiputado a prisión. “No se puede inferir de manera razonable que, como posiblemente intervino en conductas punibles, ello conduzca a concluir que en el futuro el señor Nicolás Petro seguiría cometiendo actos delictivos”, manifestó el delegado.Por su parte, el penalista Alejandro Carranza, defensor de Petro, le solicitó al juez que no prive de la libertad a su cliente, resaltando que la fiscal Lucy Laborde ha cometido varias irregularidades dentro del proceso.La fiscal Lucy Marcela Laborde y Nicolás Petro. Foto:Archivo particularDe los chats entre Nicolás Petro y Day Vásquez aportados por la Fiscalía, al juzgado le llamó la atención uno del 19 de agosto de 2021, “cuando Daysuris remite a Nicolás Petro una captura de pantalla en la que su contacto, Gustavo de la Ossa, le asegura que ya le llegó el contrato y que iban a solicitar las pólizas. Seguido a esto, Daysuris le reenvía fotos del registro del Secop de dicho contrato”. Según el juez, “esto demuestra el presunto conocimiento y participación del señor Nicolás Petro recibiendo cuentas de Daysuris en el trámite de la comisión de la conducta delictiva”.El despacho también hizo mención a una discusión entre Petro y Vásquez el 18 de junio de 2022. “Daysuris le reclama a Nicolás por haber puesto una publicación en contra de Alex, de quien se infiere se refiere a Alex Char, y diciéndole que no podrían ganársele de enemigo, ya que ellos eran los que lo han venido ayudando. Que de ser así, quedarse sin dinero, no le pidiera Nicolás a ella que diera la cara para pedir contratos. A lo que Nicolás responde, enfatizando, en que la que los alegaba con eso era Elsa. A lo que Daysuris le dice a Nicolás que ellos saben que Elsa los ayuda”, dijo el juez, refiriéndose a un informe de la Fiscalía.Abogado Alejandro Carranza. Foto:LinkedInOtros argumentos del juezSegún el juez, la Procuraduría y la defensa tienen razón en algunos reparos hechos a la fiscal. “El despacho no observa claridad en la evidencia del monto exacto de la apropiación, pero sí de que lo hubo, que es lo importante, y por varios millones”.”Sí existe para este despacho inferencia razonable respecto a ambos delitos de peculado por apropiación”, dijo el juez, añadiendo que también se cumplen las condiciones para inferir el cargo de interés indebido en la celebración de contratos.Fiscal delegada Lucy Laborde. Foto:Vanexa Romero / El TiempoEn este capítulo, para el juez se nota un presunto favorecimiento público contractual, pero no un tráfico de influencias y un nexo con los contratos. Asimismo, tampoco está claro que se haya incurrido en falsedad de documento público. “No se evidencia ninguna prueba”, afirmó el juez, añadiendo que tampoco hay argumentos para soportar en esta instancia la falsedad en documento privado, ya que no se aportó al despacho la hoja de vida de Nicolás y los documentos de la empresa de la que habría obtenido un certificado laboral fraudulento.’No hay peligro de obstrucción a la justicia’: juezFrente al supuesto riesgo de afectar la investigación y el ejercicio de la justicia, el despacho resaltó que no se acreditó que haya un peligro.Bunker de la Fiscalía General de la Nación en Bogotá. Foto:Archivo El Tiempo”No se evidencia de qué forma Nicolás Petro pueda obstruir la justicia cuando ya se han recaudado y están en custodia de la Fiscalía la mayoría o totalidad de elementos probatorios. No se cuenta con evidencia de ningún suceso o elemento que dé cuenta de la intención de Nicolás Petro en obstruir la justicia, que lo haya intentado hacer o que lo haya hecho, cuando ha tenido la oportunidad de hacerlo desde que se inició la judicialización en el año 2023. Así las cosas, resulta insuficiente que por su posición en la sociedad y la dignidad que ocupa su padre, de esa sola circunstancia, se pretenda inferir que obstruirá la justicia. Pues se reitera, una cosa la capacidad del medio para actuar, y otra distinto el peligro de que hecho ocurra en un proceso inferencial, que debe estar respaldado en evidencia, las cuales aquí sobre este punto brillan por su ausencia”.Sobre el peligro de fuga, el juez no compró la tesis de la fiscal, quien resaltó que el exdiputado tendría medios para salir del país y más porque su papá, el presidente Gustavo Petro, goza de un cargo en el que tiene capacidad de movilidad aérea. Para el juez, no alcanzó a sustentarse de forma adecuada ese argumento. De hecho, recordó que Nicolás Petro no puede salir de Colombia debido a su inclusión en la Lista Clinton. Carlos López – Justicia – @JusticiaET – carben@eltiempo.com

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