El Ministerio de Justicia expidió el decreto 0799 de 2025, mediante el cual se modifica el procedimiento para tramitar acciones de tutela interpuestas contra la figura del Presidente de la República. A partir de esta decisión, esas demandas ya no serán competencia exclusiva del Consejo de Estado, como lo establecía una norma del año 2021, sino que desde ahora, cualquier juez del circuito en el país podrá admitirlas y fallarlas en primer instancia.La medida, según el gobierno, fue adoptada bajo el argumento de aplicar el principio de “desconcentración funcional” en el sistema judicial, con la finalidad de distribuir las funciones judiciales para que no se concentren en una sola entidad.La decisión marca un giro frente a lo dispuesto en el gobierno anterior, que asignó exclusivamente al Consejo de Estado la tarea de revisar tutelas contra el Presidente de la República. En ese momento, se argumentó que el órgano debía ser el competente dada la sensibilidad y complejidad de las decisiones presidenciales, particularmente en materias relacionadas con la seguridad nacional o las políticas públicas de alto impacto.Palacio de Justicia. Foto:Corte ConstitucionalA pesar de los argumentos formales del decreto, la medida generó reacciones en altas esferas judiciales. Fuentes del Palacio de Justicia le expresaron a EL TIEMPO su preocupación por lo que interpretan como “una posible estrategia” para debilitar el control jurisdiccional sobre los actos del Ejecutivo. El nuevo esquema, según estas fuentes, dispersa la responsabilidad en un amplio número de jueces, lo que podría dificultar una vigilancia institucional concentrada y con criterio unificado.Lo anterior debido a que los jueces del circuito podrán conocer tutelas que involucren temas de seguridad nacional o políticas del Gobierno, como los programas de erradicación de cultivos ilícitos.Juristas consultados por este diario señalaron que la decisión abre interrogantes sobre la consistencia de los fallos que pudieran surgir en distintas regiones del país.La decisión ha recibido una lluvia de demandas. Foto:CortesíaEl constitucionalista Ramiro Bejarano opinó que la decisión, aunque legal, tiene implicaciones en la estructura del control judicial. Para él, el traslado de estas tutelas a jueces ordinarios puede responder a una estrategia de protección frente a sentencias adversas emitidas por el Consejo de Estado. A su juicio, esto reduce la capacidad del órgano para ejercer un control institucional robusto sobre el Presidente.Por su parte, el abogado Francisco Bernate señaló que, si bien el Presidente tiene la potestad legal para ordenar este cambio por decreto, la implicación práctica es que jueces de menor rango podrían verse presionados al fallar en contra del Ejecutivo. En su criterio, resulta más adecuado que sean las altas cortes quienes conozcan de estos procesos, dada la naturaleza política de muchas de las decisiones presidenciales.En paralelo a esta decisión, se conoció que la misma ha recibido varias demandas, pese a que los juristas consideran que el Ejecutivo tiene la facultas de hacer esos cambios. Por su parte, la senadora María Fernanda Cabal presentó una nueva demanda de tutela contra el Presidente, lo que pondrá a prueba de inmediato el nuevo esquema procesal.El Consejo de Estado, a pesar del decreto, seguirá teniendo un rol en el proceso, al conservar su función como eventual instancia de revisión, lo que mantendría su capacidad de incidir en las decisiones finales.Redacción JusticiaJusticia@eltiempo.comMás noticias de Justicia:

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