La Sala Plena de la Corte Constitucional le devolvió al Congreso de la República, con fines de archivo, el proyecto de ley que plantea la institucionalización del ‘Día sin IVA’ y que facultaba al gobierno para que pudiera decretar, al menos tres veces al año, este tipo de jornadas con productos exentos del impuesto sobre las ventas (IVA).El presidente de la República Gustavo Petro presentó objeciones contra dicha iniciativa por inconstitucionalidad e inconveniencia. El primer mandatario consideró que el proyecto, presentado por el Centro Democrático, violaba la Constitución al crear un beneficio tributario de carácter nacional que no contaba con la iniciativa o el aval del gobierno nacional.  Petro también objetó la iniciativa pues no contó con el debido análisis de impacto fiscal. La Corte, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés, advirtió que “aunque en el Senado el informe que rechazó las objeciones obtuvo la mayoría exigida en la Constitución, en la plenaria de la Cámara de Representantes aquel no se aprobó por la mitad más uno de sus miembros para el efecto”. Ello impide que la Corte se pueda pronunciar sobre las objeciones. Imagen de referencia sobre el comercio. EL TIEMPO Foto:Mauricio Moreno”Ante la situación advertida, la Corte concluyó, con base en su jurisprudencia, que carece de competencia para pronunciarse sobre las objeciones gubernamentales, por cuanto se incumplió la exigencia constitucional de que la insistencia sea presentada de manera coincidente y uniforme por el Senado de la República y por la Cámara de Representantes”, indica un comunicado. La Corte cita que el artículo 200 de la Ley 5.ª de 1992, sobre el reglamento del Congreso de la República, habla de la procedencia del archivo de un proyecto ante la discrepancia de las cámaras en torno a si las objeciones presidenciales se consideran fundadas o no.  “En consecuencia, como en este caso no se configuró la voluntad de la Cámara de Representantes para rechazar las objeciones del Gobierno nacional, la Corte se inhibió de emitir un pronunciamiento de fondo y remitió el expediente con la sentencia al Congreso de la República, para que se archive el proyecto de ley”, remató la Corte.ANA MARÍA CUESTAEditora de justicia anacue@eltiempo.com

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