![]()
El empate de la Sala Plena de la Corte Constitucional del pasado lunes 24 de noviembre tuvo matices. Este diario conoció que, en la primera ronda deliberatoria sobre la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, que pide tumbar la norma, una de las magistradas propuso volver a tomar la decisión del pasado 17 de junio: regresarla a la Cámara para que subsane los vicios de trámite, de acuerdo con el auto 841, que fijó los parámetros para corregir el supuesto ‘pupitrazo’ que hoy tiene tambaleando la ley.Como este auto fue publicado semanas después de que el Gobierno, apresuradamente y con un simple comunicado de prensa, citara a la Cámara a sesiones extraordinarias para subsanar el vicio de trámite, en la última discusión de la Sala Plena la Corte fue más laxa al considerar que la plenaria no contaba con las herramientas para enmendar al pie de la letra las faltas de procedimiento. La Corte Constitucional empató en esta sesión deliberativa sobre el futuro de la reforma pensional. Foto:Archivo particularSegún fuentes del alto tribunal, empieza a ganar peso la decisión ‘salomónica’ de regresarla por segunda vez al Legislativo. Esto, claramente, alargaría su entrada en vigencia por lo menos hasta después de las elecciones, ya que no basta con que la plenaria de la Cámara debata y apruebe todo el articulado. La Corte fijaría una fecha de entrada en vigencia acorde con las sugerencias recibidas de la Unidad de Regulación Financiera y de los Operadores Pila, que han solicitado un mínimo de seis meses para el reacomodo al nuevo régimen de pensiones.Este es el tercer camino que se abrirá al nuevo debate de la pensional, en el que, si bien quedaron expuestas las fuerzas en torno a la reforma, no son blanco y negro.Cuando se retome —probablemente el próximo año, después de la vacancia judicial— el magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez, y sus colegas de Sala presentarían nuevas propuestas. En esta discusión, que arrancará desde cero, hará parte el conjuez Carlos Pablo Márquez, quien reemplazará al magistrado recusado Héctor Carvajal.EL TIEMPO conoció, asimismo, que a la ponencia discutida el pasado lunes, el magistrado Ibáñez le agregó como motivos para tumbar la norma la acusación de la Corte Suprema contra los expresidentes del Congreso, Iván Name y Andrés Calle, hoy presos en La Picota por su participación en el saqueo a la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). Según la Sala de Instrucción, los congresistas habrían recibido jugosas coimas para favorecer el trámite legislativo de las reformas sociales, entre ellas la pensional.Sería la primera vez que hechos de corrupción se consideren como motivos para declarar la inconstitucionalidad de una norma. Ibáñez, sin embargo, podría ajustar la ponencia de cara al nuevo debate y ratificar o morigerar su postura.¿Qué pasará con la ventana de oportunidad?Luego de que la Sala Plena no tomara una decisión de fondo sobre el futuro de la pensional, actualmente sigue vigente el Auto 841 del pasado 17 de junio, que habilitó la entrada en vigencia de ciertos apartados de la norma, entre ellos el artículo 76, que fija el régimen de transición y la ventana de oportunidad.Sanción de la reforma pensional en la plaza de Bolívar Foto:PresidenciaLos afiliados que cumplan con las condiciones de estar a menos de 10 años de la edad de pensión y contar con más de 750 y 900 semanas cotizadas —para mujeres y hombres, respectivamente— podrán seguir trasladándose para pensionarse en el régimen que más les convenga (prima media con prestación definida y ahorro individual solidario), previa doble asesoría.Según una solicitud que remitió Asofondos al expediente de la reforma pensional, al 20 de octubre de 2025 se habían trasladado desde una AFP hacia Colpensiones 110.035 afiliados, y 3.643 afiliados de Colpensiones hacia una AFP.Este gremio le pidió a la Corte que “la modulación de los efectos de un eventual fallo de inexequibilidad respecto del giro de recursos de los afiliados que usaron la oportunidad de traslado prevista en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 se haga a medida que los afiliados trasladados se vayan pensionando en Colpensiones”.Este diario conoció que el futuro de los más de 110.000 afiliados que se trasladaron de régimen aprovechando la ventana de oportunidad de la reforma, en caso de que ésta se caiga, tendría que ser definido por el alto tribunal. Sin embargo, fuentes de la magistratura señalan que, al haberse convertido en un derecho adquirido, se respetaría el fondo escogido.¿Cuál es el futuro de la reforma tributaria? Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia
