El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido un importante comunicado para los contribuyentes que optaron por pagar en parcialidades el saldo a cargo de su Declaración Anual 2024 de personas físicas.
Si elegiste esta modalidad, es crucial que no olvides realizar tus pagos dentro de los plazos establecidos para evitar la generación de recargos.
El SAT, a través de su cuenta oficial @SATMX, recordó a los contribuyentes la importancia de cumplir con estas fechas límite, especialmente con el segundo pago, cuya fecha depende del mes correspondiente.
De acuerdo con el SAT, las parcialidades deben pagarse a más tardar el último día del mes al que correspondan. Esto significa que, si tu segunda parcialidad está programada para mayo de 2025, el pago debe realizarse antes del sábado 31 de mayo.
¿Quiénes pueden pagar en parcialidades?
Las personas físicas que presentaron su Declaración Anual 2024 y resultaron con un saldo a cargo pueden optar por este método. Esto aplica a quienes, por ejemplo, obtuvieron ingresos por actividades empresariales, servicios profesionales, arrendamiento o sueldos y salarios, siempre que el monto a pagar supere lo retenido o acreditado.
Para elegir esta modalidad, debieron haberlo indicado al momento de presentar la declaración en el portal del SAT, seleccionando hasta seis parcialidades mensuales.
Esta opción ofrece flexibilidad financiera, permitiendo a los contribuyentes distribuir el pago en varios meses en lugar de liquidar el total de inmediato. Es ideal para quienes enfrentan dificultades para cubrir el monto completo en una sola exhibición, ya que evita la presión económica y permite una mejor planificación de sus finanzas.
Además, el SAT permite liquidar anticipadamente el total pendiente sin penalizaciones, lo que puede ser útil si las circunstancias financieras mejoran.
Fechas clave y cómo realizar los pagos
Los pagos pueden diferirse hasta a seis meses. Foto: Especial
Las parcialidades deben pagarse a más tardar el último día del mes correspondiente. Por ejemplo, si tu segunda parcialidad vence en mayo de 2025, el pago debe realizarse antes del 31 de mayo. La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2025.
Para efectuar los pagos, utiliza las líneas de captura generadas al presentar la declaración, disponibles en el portal del SAT. Si necesitas reimprimir tu acuse, puedes hacerlo en el sitio oficial del SAT.
¿Cuáles son los recargos por incumplimiento?
Evita recargos realizando los pagos dentro del plazo establecido. Foto: Especial
Si no pagas a tiempo o de la forma correcta, el SAT aplicará recargos y actualizaciones. Los recargos se calculan con una tasa mensual del 1.26% sobre el monto no pagado, más la actualización por inflación, lo que puede incrementar significativamente tu deuda.
Por ejemplo, un saldo de $10,000 pesos que no se pague a tiempo podría acumular recargos de $126 pesos por mes, más la inflación acumulada, lo que podría sumar cientos de pesos adicionales en pocos meses.
Para facilitar el proceso, el SAT ofrece opciones prácticas. Si necesitas ayuda para ubicar el número de operación o revisar el acuse de tu declaración, puedes acceder a la sección de “Impresión de acuse” en el portal oficial.
Allí podrás reimprimir los formatos necesarios y las líneas de captura generadas al momento de presentar la declaración. Estas líneas de captura son esenciales para realizar los pagos, ya que garantizan que el monto se aplique correctamente a tu cuenta tributaria.
Además, el SAT permite a los contribuyentes liquidar anticipadamente el total pendiente si así lo desean, ofreciendo flexibilidad para quienes prefieren evitar trámites adicionales. Sin embargo, en caso de no pagar a tiempo y de la forma establecida, se generarán recargos, lo que incrementará el monto total a saldar. Por ello, es fundamental planificar tus pagos y revisar periódicamente tu situación fiscal.