La abogada Ester García, que representa a la joven que denunció al futbolista Dani Alves por una agresión sexual, ha expresado este viernes en una breve atención a los medios de comunicación que su clienta está “muy decepcionada”. “Está triste, y de alguna manera ha sentido como si volviera al cuarto de baño donde se produjeron los hechos”, ha dicho tras conocer que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto a Alves en una sentencia que ha revocado por unanimidad la sentencia condenatoria de primera instancia, dictada hace algo más de un año. García ha afirmado que esta nueva sentencia “supone un retroceso a nivel jurídico y social en la lucha contra las violencias sexuales, y puede desincentivar a las mujeres a que denuncien las agresiones sexuales que sufren”. Sobre si la víctima presentará recurso ante el Tribunal Supremo, la abogada ha expresado que “jurídicamente hay que recurrir la sentencia”, pero ha añadido que “habrá que tener muy en cuenta el estado emocional de la clienta”, por lo que todavía no se ha tomado una decisión.“Estamos muy decepcionados, no nos lo esperábamos”, ha dicho la abogada a media tarde, unas horas después de conocer la sentencia absolutoria en segunda instancia. García ha explicado que su clienta “se ha vuelto a enterar de esta sentencia por los medios de comunicación”, y ha detallado que ha sufrido “un golpe muy duro”. La sentencia del TSJC absuelve a Alves y deja sin efecto las medidas cautelares impuestas —el futbolista estuvo 14 meses en prisión preventiva y logró salir de prisión hace un año a la espera de sentencia firme, tras pagar un millón de euros y comprometerse a no abandonar el país—. El argumento principal es que hay una falta de fiabilidad en el relato de la denunciante sobre lo que ocurrió en la discoteca Sutton de Barcelona en la madrugada del 31 de diciembre de 2022, con lo que el tribunal de apelaciones opta por revocar la sentencia ante “las insuficiencias probatorias” que aprecia en la sentencia de primera instancia.“Nos llama la atención porque [el tribunal] desautoriza la sentencia de primera instancia, que puede hacerlo, pero si considera que hay un error en la valoración de la prueba lo que tiene que hacer es entrar a valorar todas las pruebas. Entiende que prevalece la presunción de inocencia pero no entra a hacer ninguna valoración de la prueba, que es su función”, ha dicho García.La abogada ha recordado que la sentencia del TSJC remarca que la declaración de la denunciante fue persistente, a diferencia de la de Alves, que cambió de versión en varias ocasiones. Y ha criticado que el argumento de la falta de fiabilidad se base en las imágenes grabadas en la discoteca, en las que la joven aparece bailando en los minutos previos a que Alves y la denunciante entrasen en el baño, donde no había cámaras ni testigos. “El objeto de juicio no es lo que pasó antes o después, sino lo que pasó en el baño”, ha apuntado García: “Cuestionar a una mujer por esas imágenes es un debate que en el siglo XXI no deberíamos tener”. En sus declaraciones, la denunciante expresó que en los momentos previos a entrar en el baño había sentido incómoda, algo que la nueva sentencia considera que no concuerda con el análisis de las grabaciones. “Los hechos objeto del procedimiento no son que ella estuviera bailando o no antes, si no lo que sucedió en el baño”, ha insistido la letrada.

La abogada de la víctima de Alves: “Está triste, ha sentido como si volviera al cuarto de baño donde se produjeron los hechos” | Sociedad
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