El expresidente Álvaro Uribe busca tumbar la detención inmediata ordenada en su contra. Luego de que la jueza Sandra Liliana Heredia lo condenó, en primera instancia, a 12 años de prisión domiciliaria por soborno a testigos y fraude procesal, su defensa le indicó al Tribunal de Bogotá que esa privación de libertad supuestamente está llena de inconsistencias.El expresidente Álvaro Uribe, la juez Sandra Liliana Heredia y el abogado Jaime Granados. Foto:Archivo particularEn un oficio de 91 páginas, el abogado Jaime Granados, como defensor principal del exmandatario, se dirigió al Tribunal alegando que a su cliente se le están vulnerando garantías procesales, ya que la detención inmediata “se desarrolló bajo graves vicios de motivación y en claro desconocimiento de su presunción de inocencia, tornando su detención en arbitraria y contraria a la dignidad humana”.  LEA TAMBIÉN Además, que “se deriva de claros vicios de motivación y presupone privar de la libertad a un ciudadano bajo premisas inconstitucionales que implican desconocer su presunción de inocencia y tratarlo como culpable”. El penalista subrayó que la condena a 12 años no está en firme, pues fue apelada y una segunda instancia tendrá que revisarla. Álvaro Uribe se convirtió en el primer expresidente de Colombia en ser acusado por la Fiscalía. El 9 de abril del año pasado, el ente acusador lo señaló de haber cometido tres delitos porque, en 2018, envió al abogado Diego Cadena a ofrecer dádivas a presos y ‘exparas’ para que lo desligaran de nexos con el paramilitarismo en Antioquia. La juez Sandra Heredia y el expresidente Álvaro Uribe. Foto:Archivo particularEl pasado 1 de agosto, la jueza concluyó que el ente acusador tuvo razón en las acusaciones contra Uribe, y lo sentenció a 12 años, condena sobre la cual él se pronunció rechazando tales señalamientos e insistiendo que es inocente. A su parecer, este proceso ha sido un juicio político en el que él ha sido perseguido. LEA TAMBIÉN Al referirse a la detención, Heredia la sustentó con que debía preservar la convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos, y a la vez “evita la percepción negativa de la sociedad de que las personas pueden continuar gozando de su libertad pese a una condena”. Para Granados, “por su ausencia de claridad y falta de desarrollo puede interpretarse de distintas formas, sin que sea del todo claro cuál es la correlación existente entre la privación de la libertad del doctor Álvaro Uribe y la preservación de la ‘convivencia pacífica y armónica entre los ciudadanos'”.Jaime Granados, abogado del expresidente Uribe. Foto:AudienciaEn la condena de 1.114 páginas, la jueza indicó que al Uribe ser una figura conocida en la arena política, se corría el riesgo de que se fuera del país y no podía dejarse el mensaje de que quedaría en libertad tras cometer dos delitos. Abogados consultados por EL TIEMPO dijeron, en su momento, que esa medida era polémica porque presuntamente carecía de argumentos sólidos. Ante esto, la defensa subrayó en su tutela que “no es claro si la señora jueza está catalogando al doctor Uribe como un peligro para la comunidad o si está anticipando que mantenerlo en libertad podría generar desmanes o alteraciones al orden público. Más allá de que la expresión es totalmente ambigua, cabría preguntarse si un racionamiento de esa naturaleza tiene cabida para fundar la detención de una persona en un estado social de derecho”.Por último, frente a este aparte, la defensa se cuestionó que si este tipo de expresiones de parte de una jueza, encajan dentro de las valoraciones que tiene que hacer al momento de resolver una medida privativa de la libertad. “Claramente, la respuesta es negativa y muestra que la sentencia transita por un sendero de motivación aparente”, concluyó Granados.Sandra Liliana Heredia, juez del caso contra el expresidente Álvaro Uribe. Foto:Archivo particularOtros argumentos de Jaime GranadosEn su exposición, Granados empezó resaltando que si bien hay un recurso de apelación en curso, la jurisprudencia colombiana ha advertido que la tutela es el mecanismo ideal para este tipo de situaciones. Es por eso que el penalista citó un fallo de la Corte Constitucional de 2024, en el que el alto tribunal señaló que por la cantidad de semanas que se demora el estudio de una apelación, no es la herramienta idónea para frenar una detención inmediata.La jueza, Sandra Heredia, el expresidente Álvaro Uribe; y su apoderado, Jaime Granados. Foto:Archivo particular”En ese orden de ideas, mal podría negarse la procedencia de la tutela desconociendo que lo que se pretende, en este caso, es evitar primero la materialización de un perjuicio irremediable8 y que, además, ya la jurisprudencia ha reconocido que incluso cuando la privación de la libertad se ha ya materializado la apelación, per se, no sería un recurso judicial idóneo para remediar la violación a los derechos fundamentales que se presentan en este asunto”, dice la tutela del expresidente. LEA TAMBIÉN Para Jaime Granados, si él incluía el tema de la detención en la apelación, en el efecto práctico no tendría ningún sentido, “pues, en el mejor escenario si la segunda instancia, al momento de resolver la apelación restableciera la libertad, no se habría logrado de aquí a que se emita dicho fallo salvaguardar la libertad de quien, por mandato constitucional, se presume inocente”.El expresidente Álvaro Uribe y su abogado, Jaime Granados. Foto:Archivo particularOtro de los argumentos que esbozó la defensa del expresidente es que para privar de la libertad a una persona, la Constitución y los acuerdos internacionales les exigen a los jueces una mayor rigurosidad, pues está en juego un derecho esencial de todo ciudadano. En esa misma línea, señaló que el sistema penal de corte acusatorio, está diseñado bajo el principio pro libertis, que dice que por lo general -hay excepciones establecidas en la ley-prima la libertad de un procesado cuando no hay una decisión definitiva.Eso le abre paso a otra de las motivaciones que Granados anotó en su tutela. Para él, una detención inmediata “tiene fines cautelares y no punitivos”, y se debe imponer cuando hay una necesidad y urgencia manifiesta, algo que para él no sucede en la condena contra el expresidente, quien siempre ha comparecido a las audiencias en su contra. “La presunción de inocencia, a la que también se obliga el estado colombiano por cuenta del bloque de constitucional, acompaña al ciudadano procesado a lo largo de todo el proceso hasta cuando el fallo adquiere firmeza”, subrayó.Fallo de la jueza Sandra Liliana Heredia contra el expresidente Álvaro Uribe. Foto:Archivo particularY agregó que “justificar entonces la detención inmediata en pro de los efectos disuasivos de la pena, es desconocer gravemente la presunción de inocencia y darle a la detención ordenada un carácter de pena anticipada, lo cual desconoce las garantías fundamentales de Álvaro Uribe”.En uno de los últimos apartes, la defensa cerró diciendo que el planteamiento de la sentencia se aleja supuestamente de los “criterios que debe evaluar el juez, según la jurisprudencia, para entrar en consideraciones de opinión o percepción pública”.También le puede interesar…General Triana entrega avances en las investigaciones. Foto:Carlos López – Justicia – @CarlosL49 – carben@eltiempo.com

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