La Sala Plena de la Corte Constitucional explicó en un comunicado las razones que llevaron a ordenar la suspensión de la investigación administrativa que cursa contra el presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, en calidad de candidato, por la presunta vulneración de los topes de su campaña presidencial en una cuantía superior a los 5.000 millones de pesos.Para la Corte, con ponencia del magistrado Vladimir Fernández y en una decisión de la que se apartaron cuatro magistrados, la medida cautelar de suspensión del proceso que cursa en el Consejo Nacional Electoral -CNE- contra el presidente, y de los términos del mismo, resultaba “urgente” y “necesaria” ante el escenario de una eventual “crisis institucional” que se desataría con una eventual sanción, previo a que la Corte se pronuncie de fondo sobre la tutela impetrada por el primer mandatario.”Para la Corte, en un ejercicio de ponderación constitucional, resulta de menor intensidad el sacrificio derivado de suspender provisionalmente el avance de las diligencias ante el CNE, en contraste con el intenso compromiso que se generaría para el derecho al debido proceso de actor y, especialmente, para el interés público, el hecho de que prosigan las investigaciones contra el Presidente de la República por parte de ese órgano y se impongan eventuales sanciones en su contra, habida cuenta de que como consecuencia de ello podría desencadenarse una crisis institucional”, expresa el comunicado.Corte Constitucional. Foto:Cortesía”El impulso de la investigación y las eventuales sanciones contra el Presidente de la República antes de que esta Corte dicte fallo definitivo comporta un riesgo latente de que se materialice la vulneración del debido proceso que se busca conjurar, además de que puede resultar comprometido de manera importante el interés público a causa de la afectación que se produciría al funcionamiento de las instituciones a nivel nacional”, agrega el comunicado.El fuero presidencialComo se sabe, el presidente Petro radicó una tutela ante el Consejo de Estado con la que pretendía tumbar la decisión de la Sala de Consulta de dicha corte que declaró que el CNE era competente para investigar al presidente, como candidato. En dicha decisión, que la Corte también suspendió hoy, se hicieron consideraciones sobre su fuero, advirtiendo que el fuero no cobija al presidente en las investigaciones de carácter administrativo.Petro fue derrotado en dicha tutela y el proceso fue remitido a la Corte Constitucional, que lo seleccionó en el mes de febrero, asignando al magistrado Fernández (exsecretario jurídico de Palacio) como su ponente.El presidente Gustavo Petro. Foto:Presidencia”No se trata de proteger exclusivamente sus derechos individuales frente a una posible amenaza o vulneración, sino también de un innegable impacto en el interés público derivado de la potencial afectación al fuero del Presidente de la República contemplado en el artículo 199 de la Constitución Política, en concordancia con el numeral 4 del artículo 178″, indica la Corte.”El avance y eventual culminación del procedimiento investigativo y sancionatorio contra el Presidente de la República podría suponer, en el hipotético caso de que se llegare a determinar que el CNE adolecía de falta de competencia frente a la causa, una afectación irreversible desde el punto de vista de sus derechos como individuo, al paso que también acarrearía eventuales efectos adversos para el fuero presidencial y la institucionalidad”, agrega el alto tribunal.Redacción JusticiaJusticia@eltiempo.comMás noticias de Justicia:

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