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Las recientes decisiones de la Sala Penal de la Corte Suprema han vuelto a poner sobre la mesa las advertencias acerca del riesgo que implicaría dejar a personas capturadas en Colombia en manos del régimen de Nicolás Maduro, señalado por organismos internacionales por graves violaciones de derechos humanos. Los antecedentes en la misma corporación muestran que este debate no es nuevo y que, en distintos expedientes, los magistrados han manifestado preocupaciones similares.En abril, la discusión se reactivó con el caso de Édgar Alonso Valencia Quesada, requerido por los Juzgados 31 y 37 de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de Caracas por su presunta responsabilidad en el homicidio de un empresario venezolano y por dirigir una red de estafa con falsas inversiones bursátiles. En ese momento, algunos magistrados insistieron en la necesidad de revisar el contexto del sistema penitenciario y judicial venezolano, tomando en cuenta alertas previas sobre tratos contrarios a estándares internacionales.Corte Suprema. Foto:Corte Suprema de Justicia.Semanas después, el 7 de mayo, la solicitud de extradición del ciudadano venezolano Germani Gabriel Blanco Moreno, investigado por “homicidio calificado ejecutado con alevosía y agavillamiento”, volvió a dividir a la Sala. En el expediente, algunos despachos plantearon inquietudes de fondo sobre las garantías mínimas que enfrentarían los procesados una vez entregados a la justicia del país vecino, argumento que reaparecería más adelante en un caso de mayor alcance.La discusión alcanzó un nuevo nivel con el proceso de extradición, que involucra a Johan Michael García Rojas, alias Gallina, identificado por autoridades colombianas como integrante del ‘Tren de Aragua’. Esta solicitud llevó al magistrado Carlos Roberto Solórzano a emitir un salvamento de voto en el que sostuvo que el gobierno requirente “es completamente ilegítimo” y opera en un contexto documentado por organismos internacionales como un sistema con “violaciones sistemáticas de derechos humanos como política de Estado”.Interpol. Foto:AFPDe acuerdo con las autoridades, alias Gallina, quien posó debajo del arco de la otrora Hacienda Nápoles, de Pablo Escobar, es requerido por autoridades venezolanas por los delitos de tráfico de estupefacientes, asociación para delinquir, tráfico de armas y municiones y financiamiento al terrorismo.Su postura del magistrado volvió a poner en escena la advertencia central: el riesgo de entregar a una persona a un entorno en el que organismos multilaterales han identificado patrones de tortura, desapariciones forzadas, violencia sexual y detenciones arbitrarias.El salvamento detalló hallazgos de la Misión Internacional Independiente de la ONU, que concluyó que existen “motivos fundados para creer” que agentes estatales han cometido detenciones ilegales, desapariciones, torturas y violencia sexual contra opositores, militares disidentes, abogados, periodistas y funcionarios. También retomó informes sobre hechos registrados en zonas mineras del estado Bolívar, donde se han documentado “asesinatos, secuestros, torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, y violencia sexual y de género”, así como la falta de independencia judicial y restricciones a la participación política.Corte. Foto:iStock.Según el magistrado, los tratados ratificados por Colombia obligan a evitar cualquier entrega cuando hay riesgo real de afectaciones graves. Citó el artículo 22.8 de la Convención Americana, que prohíbe devolver a una persona a un país “donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de violación”. Recordó además que la Convención contra la Tortura ordena que “ningún Estado Parte procederá a la expulsión, devolución o extradición… cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura”, señalando que los organismos internacionales ya han advertido sobre un “cuadro persistente de violaciones manifiestas, patentes o masivas de los derechos humanos” en Venezuela.En cuanto al requerido del ‘Tren de Aragua’, el magistrado señaló que la gravedad de los delitos imputados no modifica la obligación del Estado colombiano de evitar la exposición a riesgos de tortura, desaparición o trato degradante. Bajo ese parámetro, recordó que la Corte Interamericana ha establecido que la protección contra la devolución aplica a “cualquier persona extranjera… sin importar su estatuto legal o condición migratoria”.El salvamento expuso que negar la extradición no implica que los delitos queden sin investigación. Planteó que “Colombia puede hacerlo conforme a su legislación”, a través de las normas de extraterritorialidad del Código Penal, y añadió que esa decisión “no implicaría, per se, que las conductas quedarán en la impunidad”. LEA TAMBIÉN La postura del magistrado concluye que, mientras persistan las advertencias de la ONU, la Comisión Interamericana y la Corte Penal Internacional, “la medida adecuada no puede ser otra que emitir concepto negativo a extradiciones requeridas por la República Bolivariana de Venezuela”, insistiendo en que el deber principal del Estado es evitar que cualquier persona capturada en Colombia sea expuesta a un riesgo real de tortura o trato degradante en el país requirente.Jesús BlanquicetSubeditor JusticiaMás noticias de Justicia:
